El Arbitraje y la Conciliación como Medios de Solución de Conflictos en Materia de Consumo
El arbitraje en general es el sometimiento de un
litigio a un árbitro cuya decisión o laudo es aceptada como obligatoria para
las partes
Como consumidores en ocasiones nos hemos sido inmersos
en situaciones en las cuales nos vemos enfrentados con nuestro proveedor, con
motivo de la adquisición de bienes y servicios que no han colmado nuestras
expectativas. Ante estas situaciones probablemente lo primero que se nos viene
a la mente, a efecto de
poder satisfacer nuestros reclamos y quejas es contactar a la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO.
Sin embargo ante un reclamo formal a esta entidad nos tomamos con sorpresa que
esta no tiene competencia para
exigirle al proveedor que nos resarza plenamente la magnitud del daño que
efectivamente nos ha causado por la adquisición de un bien o servicio
defectuoso por ejemplo; aquello que habríamos ganado o percibido de haber
adquirido el bien o servicio esperado. Con ello el consumidor sin culpa alguna
debe asumir parte de estos costos del daño. Al respecto corresponde plantearse
si existen mecanismos que resarzan la magnitud del daño del que como
consumidores hemos sido víctimas a la cual respondemos que si ¿De qué mecanismos se trata? Del
Arbitraje de consumo.
Efectivamente el arbitraje de consumo es un mecanismo
de resolución de conflictos a través del cual se podrán dilucidar y resolver
los conflictos de consumo en vía arbitral desplazando a la vía administrativa y
la vía judicial, obteniendo como resultado un laudo arbitral con efecto de cosa
juzgada. Se trata de un
arbitraje institucional cuya administración estará a cargo de los gobiernos
regionales y los gobiernos locales, los cuales asumirán sus funciones en
coordinación con la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO.
En esa línea, la principal ventaja de implementar el Arbitraje de Consumo
es que permitirá que los consumidores y proveedores accedan a un
mecanismo ágil, célere y
eficiente para resolver sus
diferencias de manera definitiva. Particularmente, la ventaja del
arbitraje de cara al consumidor, es que permitirá que estos puedan solicitar y
obtener no solo medidas correctivas, sino también la correspondiente
indemnización; mientras que de cara al proveedor, se tiene que, de resultar
desfavorable el laudo, no se le sancionará con el pago de una multa.
Por ello el arbitraje de consumo se constituye como una de las
alternativas más adecuadas, por que el consumidor como protagonista del mercado
y como centro de referencia de
todas las legislaciones del mercado, necesita una vía rápida y sencilla para solucionar sus diferencias en materia de consumo,
para hacer efectivos y reales los derechos de los consumidores.
Fuentes de referencia:
http://blog.pucp.edu.pe/blog/conflictosaldia/2014/04/21/la-implementaci-n-del-arbitraje-de-consumo-en-el-per/#more-27
http://conciliacion.gov.co/portal/Arbitraje/-Qu%C3%A9-es-Arbitraje/Caracter%C3%ADsticas-de-Arbitraje
No hay comentarios:
Publicar un comentario